jueves, 18 de marzo de 2010

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Aquí encontrara todo lo concerniente al capitulo 15 en el que trata de Puestas a Tierra, del reglamento técnico de instalaciones eléctricas (RETIE).

1 comentario:

  1. ARTÍCULO 15º. PUESTAS A TIERRA
    Toda instalación eléctrica cubierta por el presente Reglamento, excepto donde se indique expresamente
    lo contrario, debe disponer de un Sistema de Puesta a Tierra (SPT), de tal forma que cualquier punto del
    interior o exterior, normalmente accesible a personas que puedan transitar o permanecer allí, no estén
    sometidos a tensiones de paso, de contacto o transferidas, que superen los umbrales de soportabilidad
    del ser humano cuando se presente una falla.
    La exigencia de puestas a tierra para instalaciones eléctricas cubre el sistema eléctrico como tal y los
    apoyos o estructuras que ante una sobretensión temporal, puedan desencadenar una falla permanente a
    frecuencia industrial, entre la estructura puesta a tierra y la red.
    Los objetivos de un sistema de puesta a tierra (SPT) son: La seguridad de las personas, la protección de
    las instalaciones y la compatibilidad electromagnética.

    Las funciones de un sistema de puesta a tierra son:
    a. Garantizar condiciones de seguridad a los seres vivos.
    b. Permitir a los equipos de protección despejar rápidamente las fallas.
    c. Servir de referencia común al sistema eléctrico.
    d. Conducir y disipar con suficiente capacidad las corrientes de falla, electrostática y de rayo.
    e. Transmitir señales de RF en onda media y larga.
    f. Realizar una conexión de baja resistencia con la tierra y con puntos de referencia de los equipos.

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